Consejero del sector afro del CNP celebra la elección de Epsy Campbell en el Foro Permanente de Afrodescendientes de la ONU

Bogotá 23 de diciembre del 2021. Desde el sector de la población Negra, Afrocolombiana y Palenquera del Consejo Nacional de Planeación, celebramos y felicitamos la elección de la vicepresidenta de la República de Costa Rica, Epsy Campbell como experta del Foro Permanente de Afrodescendientes de la Organización de Naciones Unidas (ONU). 

Este Foro, que funciona como un mecanismo consultivo de las Naciones Unidas y órgano asesor del Consejo de Derechos Humanos, está conformado por diez expertos independientes de reconocida competencia en materia de afrodescendencia y derechos humanos, quienes desempeñan su labor de forma voluntaria, no forman parte del personal de las Naciones Unidas ni reciben compensación económica alguna. 

La vicepresidenta Epsy Cambell Barr es una prominente dirigente, activistas por los derechos de la población afrodescendiente, los Derechos Humanos, los Derechos de las Mujeres y las Comunidades Rurales en Costa Rica, América Latina, el Caribe y el Mundo. 

En ese sentido, está es una gran oportunidad para seguir incidiendo en los países de América Latina y el Caribe sobre el combate al racismo sistémico, la pobreza, las desigualdades raciales que afectan desproporcionadamente a la población afrodescendiente en la región y la necesidad de la atención desde un enfoque diferencial afrodescendiente e interseccional y de políticas y presupuestos de acciones afirmativas. 

El Consejo Nacional de Planeación es un espacio de participación ciudadana que organiza y coordina una amplia discusión y seguimiento nacional sobre el proyecto del Plan Nacional de Desarrollo, mediante la organización de reuniones nacionales y regionales con los Consejos Territoriales de Planeación en las cuales intervengan los sectores económicos, sociales, afrodescendientes, indígenas, ecológicos, comunitarios y culturales, con el fin de garantizar eficazmente la participación ciudadana de acuerdo con el artículo 342 de la Constitución Política. Las funciones del Consejo Nacional de Planeación son las estipuladas en la Constitución y las que se derivan en la Ley 152 de 1994 en su Artículo 12. ​
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