En julio de 2021 se conmemoran 30 años de la proclamación de la Constitución Política de Colombia, una carta de navegación que tuvo como eje central el reconocimiento de un país diverso que exigía derechos, libertades e incidencia en la toma de decisiones.
Esta hoja de ruta también tuvo la especial misión de superar un contexto nacional dominado por la violencia, el narcotráfico, la desigualdad, un exceso de centralismo y la exclusión de diversos grupos sociales, económicos y culturales.
Su génesis tuvo que ver con un movimiento juvenil impulsado por estudiantes universitarios, el de la Séptima Papeleta, que pedía a través de manifestaciones y actos públicos un cambio en el rumbo de las políticas públicas del país. Una vez toma fuerza el movimiento de La Séptima Papeleta, el presidente Virgilio Barco (1990) ordenó a la Registraduría Nacional del Estado Civil contar los votos de la papeleta y el 27 de mayo de 1990 los electores votaron por una Asamblea Nacional Constituyente.
El activismo juvenil y la participación ciudadana de mujeres, indígenas, negritudes, estudiantes, amas de casa, empleados y empresarios fue clave para lograr el nuevo acuerdo social y político del 91. Es así como los asambleístas reunidos en el Hotel Tequendama de Bogotá, decidieron crear con el artículo 340 el Consejo Nacional de Planeación (CNP) y el Sistema Nacional de Planeación.
Artículo 340. Habrá un Consejo Nacional de Planeación integrado por representantes de las entidades territoriales y de los sectores económicos, sociales, ecológicos, comunitarios y culturales. El Consejo tendrá carácter consultivo y servirá de foro para la discusión del Plan Nacional de Desarrollo. Los miembros del Consejo Nacional serán designados por el Presidente de la República de listas que le presenten las autoridades y las organizaciones de las entidades y sectores a que se refiere el inciso anterior, quienes deberán estar o haber estado vinculados a dichas actividades. Su período será de ocho años y cada cuatro se renovará parcialmente en la forma que establezca la ley. En las entidades territoriales habrá también consejos de planeación, según lo determine la ley. El Consejo Nacional y los consejos territoriales de planeación constituyen el Sistema Nacional de Planeación.
El CNP fue creado por disposición constitucional la cual le otorga carácter consultivo y establece que su principal función será servir de foro para la discusión del Plan Nacional de Desarrollo, emitir concepto del mismo y posteriormente realizar seguimiento y evaluación sobre su ejecución.
La participación de diversos sectores en el Consejo Nacional de Planeación es una muestra clara de la importancia que le dio la Constitución a la participación ciudadana. Es momento de avanzar en la implementación de los derechos fundamentales para los colombianos y en fomentar la planeación participativa en el país, de tal manera que los consejeros y consejeras nacionales y territoriales tengan mayor incidencia en los territorios para aportar al desarrollo, la equidad y el respeto a los derechos propios de un Estado Social de Derecho.